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28.10.07

Durante un día y medio en El Escorial la Asociación de Revistas Culturales ARCE nos ha puesto a tiro debatir acerca de la propiedad intelectual y los derechos de autor, ahora que los editores andamos digitalizando y necesitamos saber bien a qué atenernos. Los debates han sido enriquecedores, y los ponentes en su mayoría también. Sin pretender hacer una crónica que aquí no corresponde, me gustaría destacar tres:


Javier de la Cueva

La oportunidad de conocer, oir, debatir y rebatir a/con Javier de la Cueva merecía por sí solo el esfuerzo. Javier maneja el lenguaje de la precisión como sólo algunos abogados saben hacerlo. Sin perderse en la parafernalia léxica de las leyes y los reglamentos, pone en vulgar lo que otros se empeñan en hacer enrevesado. Lo mejor, su capacidad para destapar esa ambigüedad interesada y la verdad a medias que argumentan en general el monopolio de las entidades de gestión, unas más que otras, y muy especialmente Javier Gutiérrez Garcén, de Vegap, a quien le veo modular discursos contradictorios en función del auditorio.

Magdalena Vinent, de CEDRO

No la conocía, me pareció que su discurso interesado como el de todos, es coherente y moderado. Cedro ha sido poco beligerante en ocasiones, y a veces pienso que le robaron la cartera en el reparto del canon digital, como si los textos pudieran copiarse menos en CD que la imagen o la música.
Cedro es especialmente sensible en la justicia del reparto. Sus socios autores pueden decidir en qué condiciones su obra es puesta a disposición de los ciudadanos, e incluso cada obra de modo individual es susceptible o no de que CEDRO gestione los devengos que se derivan, con todas las excepciones que al autor le venga en gana.
Más allá, incluso los no asociados tienen reconocido en CEDRO su derecho, hasta el punto de que no ya sólo se les liquida al solicitarlo, sino que se hacen esfuerzos por localizar a los autores para ello, hasta el punto de invertir recursos en esa búsqueda, como la campaña "se buscan autores" que realizaran hace un año. Evidentemente si esto se hace es para evitar males mayores, se habla de 20 millones de euros sin repartir que no está claro que CEDRO pueda alegremente ni incorporar a su patrimonio ni repartir entre sus socios, no al menos sin antes haber demostrado de modo fehaciente la voluntad de hacerlo llegar a sus legítimos receptores.
Todo esto es opinable, para debatir largo, pero de ello se deduce una inquietante cuestión: Siendo así, ¿qué es lo que distingue a CEDRO de VEGAP? ¿Porqué VEGAP puede sin rubor repartir entre sus mil y pico socios lo que correspondería a las decenas de miles de creadores visuales de este país?.

Javier Gutiérrez Vicén, de VEGAP

A estas alturas no será necesario que insista en mi desencuentro con el modo que VEGAP tiene de repartir ese dinero de todos que se le encomienda. Pero más allá de la discrepancia, creo que lo peor no está en el modo, sino en los modos. Los discursos de VEGAP y de G. Vicén son torticeramente ambiguos, contradictorios, opacos. La situación actualmente es tan inaceptable desde la ley y desde la razón, que cualquier debate en el que se avance es siempre a favor de los autores todos, y quien se perjudica es la entidad. Se trata en realidad de una huida hacia adelante, de consecuencias impredecibles. Si CEDRO está realizando esfuerzos por repartir el procedente de copia privada, y lo que no puede repartir lo acumula a la espera de una solución, ¿Cómo es posible que en idéntica situación VEGAP lleve años repartiéndolo entre sus socios, que son un mínimo porcentaje del total de creadores? ¿Qué sucede si éstos deciden reclamarlo? ¿o si el Ministerio de Cultura, en su función de control que hoy no ejerce como debería, decide reclamárselo?
Así las cosas, desde VEGAP se sostiene lo insostenible y por el máximo de tiempo. Aunque para ello haya que echar mano de las medias verdades y la desinformación. Un ejemplo: nos ha dicho Vicén estos días: "las obras con copyleft o creative commons no caben en la gestión colectiva porque no generan ingresos que haya que repartir". Yo sé que es falso. Él sabe que es falso. Pero no por ello hay que decirlo claro: mientras haya funcionarios y políticos, creadores, jueces, abogados, que a fuerza de repetir esa falsedad sigan creyéndolo, esos ingresos seguirán entrando en la caja de VEGAP para repartirlos entre los mil y pico, previo veinte por ciento para "la estructura". Que quede claro: esas obras generan ingresos, en primer lugar del canon por copia privada, porque éste es irrenunciable porque la ley así lo dice. Otra cosa es que sólo podría accederse a esos ingresos a través de la entidad de gestión colectiva, que recibe el total del montante y la obligación de repartirlo, y hoy es un monopolio que se niega a reconocer esta realidad porque no les interesa. O lo que es lo mismo, los ciudadanos pagan por esas copias privadas, pero quien lo recibe y habría de devolverlo a sus autores legítimos prefiere repartirlo entre sus socios. Ellos lo hacen, el ministerio les deja e incluso al Defensor del Pueblo no le importa.
Pero además, cuando las obras con licencia CC (CreativeCommons - Non Commercial) son utilizadas con fines comerciales también generan derechos de reproducción. Una vez más, es imposible cobrarlos a través de la gestión colectiva porque VEGAP no quiere, y es materialmente imposible hacerlo fuera de ella.
No acabamos ahí. Una vez más, que no es la primera, le inquirí de modo directo para que justificara porqué nuestra wikipedia no tiene imágenes en la entrada de Picasso, y sí las tiene la anglosajona. Que nuestros hijos estén recibiendo una formación en la que no existen imágenes de la creación de los últimos setenta años es un serio problema que no beneficia a los autores, ni a VEGAP, ni a nadie. Es simplemente una realidad: la wikipedia y tantos otros no pueden asumir el riesgo de ser denunciados, ir a un juicio y ganarlo, no digamos ya si lo perdieran. Pueden suponerlo: no conseguí que el señor Vicén afirmara que la wikipedia no puede publicar esas imágenes, que no era cuestión de ponerse de uñas al respetable. Pero tampoco lo contrario. Esa ambigüedad es la que sostiene esa "cultura sólo si es de pago" en la que se sienten tan cómodos y tan fuertes. Aunque sea a costa de la riqueza cultural de nuestra sociedad.
Por último, a alguien le llamó la atención el contraste entre la postura de CEDRO, gastando dinero en buscar autores a quien pagar, y la de VEGAP. Al ser preguntado G. Vicén escapó con un lacónico "por supuesto que VEGAP liquida a los autores que no son socios". Pues es mentira. No porque lo diga yo, que también, sino porque lo dicen ellos mismos. Una vez más, la respuesta a la medida del auditorio, y la contradicción como modus operandi et vivendi. A falta de información más fiable, nos habremos de conformar con la que aparece en su web:
Allá donde dice "¿cómo reparte VEGAP?" podemos leer: "En el caso de la remuneración que se obtiene por la copia privada, se descuenta de la cantidad global recaudada el 20% para destinarlo a actividades asistenciales y promocionales, que la entidad desarrolla a través de la Fundación Arte y Derecho. El 80% restante se reparte entre los socios entregando, por un lado, una cantidad mínima a cada uno de ellos y, por otro, lo que corresponde a cada uno en función de lo recaudado por el derecho de reproducción en los tres ejercicios anteriores". ¿Cómo puede VEGAP antes del reparto asignar una cantidad a sus socios y sólo a ellos, siendo un dinero recaudado por copia privada, irrenunciable y que es adeudado al total de autores? Y del restante... ¿como podría un autor que no es socio llegar a recibir su parte, si se calcula en base a un baremo, la reproducción, a la que sólo acceden los socios?. Es a todas luces ilegal e injusto. ¿por qué lo puede hacer VEGAP?. Es sencillo, porque el Ministerio de Cultura se lo permite.

5 comentarios:

David Maeztu dijo...

Hola:

He leído con interés tu crónica de las jornadas y aunque comparto la mayor parte de lo que dices, creo que hay una interpretación errónea del canon por copia privada en los autores que utilizan una Creative Commons (como yo).

Por utilizar una de estas licencias no tenemos derecho a esa compensación del artículo 25 LPI.

"La reproducción realizada exclusivamente para uso privado [...] originará una compensación [...] dirigida a compensar los derechos de propiedad intelectual que se dejaran de percibir por razón de la expresada reproducción"

Por lo tanto, como no hay un daño al reproducir obras con CC, no nace el derecho, por que este carecería de su destino compensatorio.

En resumen, antes de ver si un derecho es irrenunciable o no hay que ver si existe tal derecho, o en qué se concreta el mismo, porque en este caso por ejemplo no se podrá acreditar cantidad alguna como dejada de percibir por la reproducción ya que esta se consiente gratuitamente.

Un saludo.

Alvaro dijo...

Hola, David, gracias por tu comentario.

Tu parte de razón, que la tienes, es incompatible con mi parte de razón que la tengo.

Donde dice la ley "derecho irrenunciable" debería decir "obligación", porque no hay diferencia. El legislador no da la opción al autor a renunciar, así lo quiera, a esa compensación. Cuando tu y yo usamos la licencia, renunciamos porque nos gustaría a algo que la ley no concibe sino como irrenunciable, nuestra renuncia no tiene validez, como no la tiene cualquier renuncia que hiciéramos de algunos derechos morales. No quiere decir que no podamos escribir en un papel que renunciamos, quiere decir que esa renuncia es nula.
A botepronto es lo que creo que es, pero debo reconocer que tu postura es perfectamente defendible, y hace tambalearse mi convencimiento. El problema es que no puede existir esa discrecionalidad, cuando la compensación que se le exige al usuario no es discrecional... ¿que se haría con el montante de una compensación que se cobra y no se paga? Sospecho que esa y no otra es la razón por la que el legislador quiso que percibir la compensación fuera "obligatorio".

De todas formas, soy un patán en esto de las leyes. Preguntaré a alguien que sepa más.

Gracias por tu comentario.

Anónimo dijo...

No creo que David tenga razón.
La licencia CC-NC afecta a la reproducción pública, no a la copia privada. La copia privada está permitida por ley y tiene su compensación, que no es arbitraria, es obligatoria para quien hace la copia e irrenunciable para el autor.
Así, creo que Alvaro tiene razón al argumentar que unos autores, los de VEGAP, están apropiandose indebidamente de la compensación que les corresponde y la de todos los demás, que no tienen ningun modo de acceder a ella. Lo contrario, supondría que cuando se realiza copia privada de obras CC no habría que pagar el canon de CD, el de reprografía o el de los soportes. Precisamente porque eso no es viable, el legislador hace que el canon sea irrenunciable para el autor, para evitar un canon que se recaudaría pero no tendría beneficiario.
Lo peor de todo es que no parece importar ni al Ministerio de Cultura, ni a las asociaciones de autores.

David Maeztu dijo...

Hola:

A ver si consigo explicarme mejor...

Todas las licencias CC, querido anónimo, afectan a la copia privada porque todas permiten que las obras se reproduzcan.

En todas se autoriza la reproducción.

Os estais quedando en la irrenunciabilidad, pero no estais analizando si nace o no el derecho. Para que se pueda, o no, renunciar a un derecho este debe nacer.

Un elemento esencial de cualquier derecho es su concreción. En qué se concreta la remuneración?

En una cantidad de dinero cuyo objeto es "compensar los derechos de propiedad intelectual que se dejaran de percibir por razón de la expresada reproducción" (Art. 25 LPI)

Entonces tenemos dos opciones:

O realmente cuando se autoriza la reproducción no nace el derecho a la remuneración compensatoria, porque no hay nada que compensar.

O nace el derecho, no se puede renunciar a él, pero el importe total del mismo es cero, porque no hay ningún daño que compensar.

Espero haberme expresado mejor.

Un saludo.

Anónimo dijo...

Claro que no reparten la copia privada entre los artistas que no son socios, igual no la reparten ni entre los que si lo son. Igual se gastan ese dinero en viajes, hoteles, comidas y demás..., quién sabe?

Elartistaequilibrista

Álvaro Sobrino. Diseñador gráfico, periodista y editor.
Mantiene una columna en la revista VISUAL, con el nombre de Crónicas de Pseudonimma, donde recoge opiniones de otros y las suyas propias acerca de la actualidad del diseño español.